Una mujer fue vinculada a proceso por presunto robo calificado tras una audiencia celebrada hoy en la Ciudad Judicial de Atlacholoaya. La defensa denunció inconsistencias entre el ticket de compra, el dictamen de valuación y los tiempos de puesta a disposición ante el Ministerio Público.
De acuerdo con la información dada a conocer en la audiencia, el caso quedó registrado bajo la causa penal JC/896/2026 y desahogó en la Sala 3 ante el Juez Especializado de Control César Galán Delgado.
La persona imputada, identificada como Ivana Valentina A. M., fue presentada por el delito de robo calificado presuntamente cometido dentro de la plaza comercial Galerías Cuernavaca.
Según la narrativa expuesta por el Ministerio Público, personal de seguridad privada detectó a tres mujeres dentro del área de perfumería y ropa de playa de una tienda departamental. El reporte sostiene que una de ellas habría colocado diversas prendas marca Guess dentro de una bolsa rosa y posteriormente intentó salir del establecimiento.
El informe refiere que la mujer fue perseguida por personal de seguridad hasta ser detenida en el estacionamiento.
Entre los objetos asegurados aparecen 43 prendas, entre bikinis, trajes de baño, brasieres y faldas, cuyo valor total fue estimado en 73 mil 170 pesos, según un dictamen de valuación incorporado a la carpeta.
Sin embargo, durante la audiencia la defensa sostuvo que existían diferencias entre el ticket presentado por la tienda y el dictamen pericial utilizado para acreditar el monto del supuesto detrimento patrimonial.
La defensa argumentó que “las prendas, la valuación y el ticket no coinciden”, señalando que no era posible determinar el valor real de la mercancía y solicitó reclasificar el delito de robo calificado a robo simple.
En la audiencia, el Ministerio Público reconoció la existencia de un “error humano” en la integración de los datos periciales, aunque sostuvo que el monto final coincidía con el daño reclamado por la empresa.
Pese a ello, el juez determinó que las inconsistencias resultaban “fundadas pero inoperantes” y resolvió dictar auto de vinculación a proceso.
El juzgador también declaró legal la detención, aun cuando en audiencia quedó asentado que transcurrieron más de seis horas entre el aseguramiento de la mujer y su puesta a disposición ministerial.
La defensa alegó que la persona ya se encontraba retenida previamente dentro de la tienda antes de la intervención policial formal. No obstante, el juez sostuvo que el retraso “no era motivo suficiente” para invalidar la detención.
Otro de los elementos considerados para imponer prisión preventiva fue que la persona imputada presuntamente proporcionó datos distintos sobre su nombre y edad al momento de la detención.
Inicialmente, el Ministerio Público también argumentó que la mujer no contaba con domicilio en Morelos, aunque posteriormente el juez reconoció en audiencia que esa circunstancia, por sí sola, no justificaba la medida cautelar.
El cierre de investigación complementaria fue fijado en un mes.
Hasta el momento no existe sentencia firme y el caso continúa en etapa inicial. La persona imputada mantiene intacto su derecho a la presunción de inocencia.
CONTRASTE
Mientras la representación social sostuvo que existían elementos suficientes para acreditar el robo calificado y el riesgo procesal, la defensa exhibió inconsistencias documentales en la valuación económica y cuestionó los tiempos de detención.
El juez reconoció parcialmente las diferencias entre documentos, pero concluyó que no modificaban el fondo de la imputación.
CONTEXTO JUDICIAL
El caso vuelve a colocar bajo revisión los criterios utilizados en Morelos para validar detenciones realizadas inicialmente por seguridad privada dentro de plazas comerciales y posteriormente formalizadas por autoridades ministeriales.
También exhibe un debate recurrente en audiencias iniciales: el uso de errores periciales o inconsistencias documentales como base para sostener delitos con penalidades agravadas.
La pregunta permanece abierta:
¿Quién supervisa la legalidad de las detenciones y la calidad de las pruebas que sostienen medidas de prisión preventiva en Morelos?