La jueza consideró que el señalamiento directo del niño, acompañado de dictámenes e informes de investigación, superó el estándar inicial; la defensa cuestionó la falta de testimonios directos y las diligencias pendientes

Una jueza especializada de control vinculó a proceso a un hombre por su probable intervención en el delito de abuso sexual agravado cometido presuntamente contra un niño de siete años, en el municipio de Temixco.

La resolución fue dictada este 14 de julio dentro de la causa penal JC/214/2026, después de que el Ministerio Público expusiera dos episodios que habrían ocurrido durante junio y agosto de 2025 en inmuebles del entorno familiar ubicados en Acatlipa.

De acuerdo con la imputación, la persona investigada habría aprovechado la cercanía y confianza familiar para realizar actos de naturaleza sexual contra el niño cuando se encontraban sin la presencia inmediata de otras personas adultas.

La persona imputada se reservó su derecho a declarar y pidió que su situación jurídica fuera resuelta durante la misma audiencia.

El señalamiento del niño

Entre los antecedentes presentados por la Fiscalía se encuentra la declaración del niño ante un equipo multidisciplinario. En esa entrevista realizó un señalamiento directo, describió los espacios donde presuntamente ocurrieron los hechos y refirió que las conductas se habrían presentado en más de una ocasión.

El Ministerio Público también incorporó la denuncia de la madre, información proporcionada por familiares, dictámenes médico y psicológico, fotografías de los lugares e informes elaborados por agentes de investigación.

El dictamen psicológico reportó indicadores de angustia, ansiedad, retraimiento, temor y afectaciones en la esfera sexual, además de recomendar que la persona menor de edad recibiera atención especializada.

Por su parte, el dictamen médico no registró lesiones recientes. Esta circunstancia fue utilizada por la defensa para cuestionar la suficiencia de la imputación.

La defensa señaló deficiencias

El defensor pidió que la persona investigada no fuera vinculada a proceso. Argumentó que la madre no presenció los hechos, que varios familiares únicamente conocieron lo sucedido por referencias y que todavía no se había obtenido la entrevista formal de una testigo considerada relevante.

También cuestionó los alcances del dictamen psicológico y sostuvo que las diligencias presentadas no corroboraban suficientemente la versión expuesta por la Fiscalía.

El Ministerio Público respondió que la falta de algunas entrevistas no impedía resolver la situación jurídica y que las diligencias pendientes podrían completarse durante la investigación complementaria. Incluso señaló que una testigo ya había sido citada sin comparecer voluntariamente.

La decisión judicial

Al resolver, la jueza Consuelo Adriana Correa Ortiz determinó que los datos presentados eran suficientes para abrir formalmente un proceso penal.

La juzgadora explicó que en la vinculación a proceso no se exige una prueba definitiva de culpabilidad, sino datos que permitan establecer razonablemente la existencia de un posible delito y la probable intervención de la persona imputada.

Consideró especialmente el señalamiento directo del niño, la información pericial, las circunstancias de familiaridad y el resto de los antecedentes expuestos durante la audiencia.

En consecuencia, dictó auto de vinculación a proceso por abuso sexual agravado, impuso prisión preventiva justificada y concedió tres meses para la investigación complementaria, plazo que concluirá el 14 de octubre de 2026.

La resolución no representa una condena. La persona imputada conserva la presunción de inocencia y la Fiscalía tendrá que fortalecer su acusación con datos verificables, mientras la defensa podrá controvertirlos y presentar su propia investigación.