Una jueza encontró inconsistencias en la versión de los agentes y determinó que el reporte de robo localizado después no justificaba retroactivamente el acto inicial de molestia.

Una motocicleta tenía reporte de robo, pero los agentes no justificaron legalmente por qué detuvieron a la persona que la conducía.

Esta diferencia fue determinante para que una jueza declarara ilegal la detención de Jesús Benito, de 21 años, durante una audiencia celebrada el 29 de julio.

Los hechos ocurrieron el 26 de julio en el poblado de Santa Catarina, en Tepoztlán.

De acuerdo con el informe policial presentado por la Fiscalía, los agentes observaron una motocicleta que presuntamente circulaba aproximadamente a 70 kilómetros por hora. Afirmaron que su conductor rebasaba vehículos, realizaba maniobras en zigzag y estuvo cerca de atropellar a una mujer.

Los policías aseguraron que le dieron indicaciones, lo siguieron y finalmente se acercaron a él cuando perdió momentáneamente el control de la motocicleta.

Después solicitaron sus documentos y consultaron los datos del vehículo. Fue entonces cuando conocieron que la motocicleta contaba con un reporte de robo.

Con este argumento, la Fiscalía pidió que la detención fuera declarada legal. Sostuvo que los agentes actuaron dentro de sus facultades y que Jesús Benito fue detenido mientras conducía un vehículo reportado como robado.

La defensa cuestionó el origen de la intervención.

Señaló que no existía una medición objetiva de la velocidad, que los agentes únicamente le habrían ordenado reducirla y que la detención no ocurrió en un punto preventivo de revisión. En consecuencia, argumentó que no había una sospecha razonable antes de consultar los datos de la motocicleta.

La jueza encontró inconsistencias en la narración policial.

Cuestionó cómo los agentes pudieron alcanzar al motociclista si, de acuerdo con el propio informe, él circulaba aproximadamente a 70 kilómetros por hora y la unidad policial lo hacía a una velocidad considerablemente menor.

También estimó que expresiones como conducir a gran velocidad, rebasar automóviles o realizar maniobras rápidas no fueron respaldadas con elementos objetivos suficientes.

El reporte de robo apareció después de que los agentes intervinieron al conductor. Ese hallazgo, resolvió la juzgadora, no podía utilizarse para justificar retroactivamente el acto inicial de molestia.

Por esta razón declaró ilegal la detención.

La resolución no significa que la motocicleta carezca de reporte de robo ni establece la inocencia de la persona investigada. Determina que la policía no acreditó la base legal necesaria para detenerla en la forma descrita.

El caso deja una pregunta para las instituciones de seguridad: ¿qué registros objetivos existen para respaldar la persecución narrada por los agentes y por qué no fueron presentados durante la audiencia?