Por El Guardián Mx / Periodismo para la justicia
Edgar Rodolfo Núñez Urquiza dijo temer que exista una orden de aprehensión en su contra; el expediente no confirma todavía que el mandamiento haya sido librado.
Edgar Rodolfo Núñez Urquiza, exvicefiscal de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de Morelos, acudió ante la justicia federal ante la posibilidad de que exista una orden de aprehensión en su contra.
La demanda quedó registrada con el número 1151/2026 en el Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Morelos.
En un acuerdo fechado el 9 de julio, la jueza federal Tania Gómez Ibarra admitió el amparo y ordenó requerir informes a las autoridades judiciales, ministeriales y policiales señaladas por el exservidor público.
Pero la juzgadora rechazó concederle la suspensión de oficio y de plano.
Dijo desconocer si realmente existe una orden
En su demanda, Núñez Urquiza reclamó una posible orden de aprehensión, reaprehensión, comparecencia, localización, presentación, búsqueda o detención, así como cualquier mandamiento que pudiera afectar su libertad.
El exvicefiscal afirmó haber conocido la posible existencia de actos de investigación o persecución penal en su contra, probablemente relacionados con autoridades judiciales de Cuautla.
No obstante, reconoció que no había sido informado formalmente de alguna carpeta de investigación, causa penal, delito atribuido u orden judicial.
Por esa razón pidió al juzgado federal requerir a las autoridades para que informaran si existe algún mandamiento en su contra.
También planteó temor de tortura e incomunicación
Núñez Urquiza solicitó una suspensión inmediata para impedir una posible incomunicación, tortura, desaparición forzada, traslado ilegal, amenaza o interrogatorio sin la presencia de su defensa.
La jueza determinó que no procedía esa medida excepcional porque el promovente se encontraba en libertad y los actos denunciados no habían sido ejecutados.
La resolución señala que esos temores fueron planteados como consecuencias de una posible detención cuya existencia tampoco estaba demostrada.
Además, el juzgado no abrió un incidente de suspensión porque no fue solicitado.
El amparo no confirma una orden de captura
La admisión de la demanda no significa que exista una orden de aprehensión ni que la justicia federal haya concedido el amparo.
Hasta el momento procesal documentado, el juzgado únicamente aceptó revisar el reclamo y ordenó a las autoridades rendir sus informes justificados.
La audiencia constitucional fue programada para el 21 de agosto de 2026, a las 9:54 horas.
Será a partir de las respuestas de las autoridades cuando pueda conocerse si existe el mandamiento reclamado, qué autoridad lo habría solicitado y dentro de qué investigación.
El interés público del caso deriva de la responsabilidad que Núñez Urquiza desempeñó dentro de la institución encargada de perseguir hechos de corrupción. Pero su anterior cargo tampoco permite convertir una sospecha en una orden confirmada ni una demanda de amparo en prueba de persecución.
La pregunta continúa abierta: ¿existe una orden de aprehensión contra el exvicefiscal y, en su caso, qué investigación y elementos jurídicos la sostienen?
La información es poder y ese poder debe servir a la gente.