La Fiscalía relacionó la agresión con una disputa por una motocicleta presuntamente robada; la jueza determinó que portar un machete y estar en el lugar no demostraban coautoría en los homicidios
Por El Guardián Mx / Periodismo para la Justicia
Una disputa relacionada con una motocicleta presuntamente robada terminó en un ataque armado que dejó dos personas muertas y al menos cuatro lesionadas en la colonia Campos del Pedregal, municipio de Tepoztlán.
Sin embargo, la Fiscalía no consiguió demostrar que las dos personas detenidas hubieran tenido el mismo grado de intervención.
La jueza Yaredi Montes Rivera vinculó a proceso a José Dolores G. D., señalado por una persona sobreviviente como quien presuntamente realizó los disparos.
En contraste, Octavio Alfonso C. B. no fue vinculado a proceso porque, aunque fue ubicado en el lugar y posteriormente localizado con un machete, no se acreditó que hubiera utilizado el objeto, lesionado a alguna persona o realizado una aportación concreta al ataque.
Los hechos ocurrieron la tarde del 6 de julio de 2026, en la calle Halcón, esquina con 16 de Septiembre, de la colonia Campos del Pedregal.
De acuerdo con la hipótesis presentada por la Fiscalía, el conflicto comenzó después de que varias personas localizaron una motocicleta presuntamente robada dos días antes.
Durante la discusión habrían llegado cinco hombres, dos a caballo y tres a pie. Algunos portaban machetes y al menos uno llevaba un arma de fuego.
Una persona sobreviviente declaró que los hombres profirieron amenazas y que posteriormente uno de ellos comenzó a disparar.
Isaac P. L. y Eduardo C. O. perdieron la vida. Otras personas sufrieron lesiones producidas por proyectiles de arma de fuego, algunas consideradas como heridas que pusieron en peligro su vida.
La Fiscalía presentó entrevistas, informes policiales, necropsias, dictámenes de lesiones, criminalística de campo, balística y diversos indicios asegurados, entre ellos tres motocicletas, una mochila, un machete y seis casquillos.
Durante la audiencia de vinculación, la jueza consideró que existían datos suficientes para permitir que la investigación continuara contra José Dolores. Una persona sobreviviente lo habría identificado como quien portaba el arma y realizó las detonaciones.
La vinculación a proceso no representa una declaración de culpabilidad. José Dolores conserva la presunción de inocencia y la Fiscalía deberá demostrar la acusación en las siguientes etapas.
Para Octavio Alfonso la resolución fue diferente.
La jueza determinó que su presencia en el lugar y la portación de un machete no bastaban para atribuirle las muertes y lesiones provocadas con un arma de fuego.
No se presentaron datos suficientes para establecer que hubiera utilizado el machete, atacado a las personas víctimas o actuado mediante un acuerdo previo con quien habría realizado los disparos.
Por ello, la juzgadora dictó auto de no vinculación a proceso y ordenó levantar la prisión preventiva impuesta dentro de esta causa.
En la audiencia inicial, una de las personas investigadas también denunció que habría sido golpeada por los elementos que realizaron la detención. La jueza dispuso que fuera revisada y se efectuó una certificación médica. Corresponderá a las autoridades esclarecer ese señalamiento de manera independiente.
Para José Dolores se mantuvo la prisión preventiva y se concedieron tres meses para el cierre de la investigación complementaria.
El caso deja dos exigencias: identificar a todas las personas que participaron en el ataque y explicar, con pruebas, la conducta concreta de cada una.
Porque la justicia no puede construir responsabilidades colectivas: debe demostrar quién hizo qué y con qué pruebas.