Durante una audiencia de juicio oral realizada este 18 de mayo de 2026, una mujer privada de la libertad denunció públicamente presunta falta de atención médica dentro del penal femenil de Morelos.

La mujer interna afirmó que llevaba al menos siete días reportando dolor relacionado con una posible afectación en la vesícula y problemas dentales sin recibir atención especializada o medicamentos.

El juez del caso, Natanael Subdias Aguilar ordenó medidas urgentes y advirtió posibles responsabilidades administrativas e incluso penales por omisiones en la atención médica.

Durante la audiencia, la abogada defensora informó que la mujer —identificada en audiencia como Emily Mackenzy H. G.— seguía presentando problemas de salud relacionados con una muela y una posible inflamación en la vesícula, sin que se le hubiera reagendado una cita médica especializada.

La mujer privada de la libertad afirmó ante el tribunal que comenzó a solicitar atención médica desde el 11 de mayo. Según su testimonio, personal médico presuntamente le habría indicado que debía agravarse la situación antes de recibir tratamiento. “Me dijo que no, que me tiene que reventar hasta para darme un tratamiento”, declaró durante la audiencia.

También sostuvo que no había medicamentos disponibles y que continuaba con dolor severo tanto en la zona abdominal como dental.

Frente a estos señalamientos, el juez ordenó girar un oficio urgente a la autoridad penitenciaria para que, en un plazo improrrogable de 24 horas, informara las medidas tomadas para garantizar la integridad física de la interna.

El juzgador sostuvo que “el derecho humano a la salud no es negociable” y subrayó que, tratándose de personas privadas de la libertad, el Estado adquiere una responsabilidad reforzada debido a que ellas no pueden decidir libremente a qué centro médico acudir.

Además, advirtió que la falta de atención médica podría generar no solo responsabilidades administrativas, sino incluso consecuencias punitivas para quienes resulten responsables.

Mientras la mujer denunció presuntas omisiones médicas y ausencia de medicamentos, el tribunal dejó constancia de que sí se habían reportado acciones institucionales previas relacionadas con su atención. Sin embargo, la defensa y la propia interna afirmaron que dichas acciones no se tradujeron en atención efectiva o inmediata.

El juez también hizo referencia a una problemática estructural más amplia relacionada con el sistema de salud en México, señalando que la carencia de médicos y medicamentos impacta particularmente a personas bajo custodia estatal.

En la misma audiencia, la mujer denunció restricciones para convivir con familiares menores de edad, incluyendo un hermano de nueve años al que asegura no ha podido ver desde hace casi dos años. Según su declaración, esta situación afecta su proceso de reinserción social.

Ante ello, el juez ordenó la intervención de la Secretaría de las Mujeres y solicitó medidas para revisar sus condiciones de internamiento y acceso a programas institucionales.

El caso se desarrolla dentro de un juicio oral aún en curso. No existe sentencia firme y la mujer mantiene su derecho constitucional a la presunción de inocencia, principio reiterado expresamente por el tribunal durante la audiencia.

La resolución emitida en audiencia no prejuzga sobre culpabilidad o inocencia respecto del proceso penal principal, pero sí exhibe posibles tensiones entre las obligaciones constitucionales del Estado y las condiciones reales de atención dentro del sistema penitenciario femenil de Morelos.

El caso ya no solo plantea preguntas sobre un proceso penal. También expone qué ocurre cuando una persona bajo custodia del Estado denuncia dolor, falta de atención médica y obstáculos para ejercer derechos básicos dentro de prisión.

La pregunta permanece abierta: ¿qué autoridad va a responder si una advertencia judicial urgente termina ignorada dentro del sistema penitenciario?