Por la redacción
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el decreto de reforma, a la Constitución del Estado de Morelos, que ampliaba de 14 a 20 años, el periodo de nombramiento de magistrados, en funciones, del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
En sesión virtual, el Tribunal de Pleno, de igual forma reconoció la validez de la eliminación de la figura de ratificación para magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa y Unitario de Justicia para Adolescente.
La acción de inconstitucionalidad 20/2017, fue promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado, en contra del decreto de reformas constitucionales propuestas en el gobierno de Graco Ramírez.
En especial mediante la cual se suprimió la posibilidad de reelección de magistrados locales y se amplió el periodo de nombramiento, por única ocasión, de magistrados en funciones.
La mayoría se pronunció en favor del sentido del proyecto que proponía reconocer la validez de los artículos mediante los cuales se suprimió la posibilidad de reelegir a los magistrados.
“… la mayoría votó por la inconstitucionalidad del artículo transitorio que ampliaba el periodo de nombramiento de los magistrados en funciones”, informó la SCJN, a través de un comunicado de prensa.
En consecuencia, se acordó que la invalidez decretada surtiría efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos y que los magistrados continuarían con las condiciones que tenían previo a la reforma impugnada.
La invalidez del Decreto número 1613, por el que se reformaron y derogaron diversas disposiciones, se publicó el 24 de febrero de 2017, en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”.