La carpeta está relacionada con Juan Carlos Salgado Ponce, hijo de quien entonces ocupaba la Secretaría de Gobierno de Morelos.

Un juez de control dejó sin efecto la determinación con la que la Fiscalía General del Estado de Morelos pretendía cerrar una investigación relacionada con Juan Carlos Salgado Ponce, exservidor público e hijo del fallecido exsecretario de Gobierno Juan Salgado Brito.

Durante una audiencia celebrada este lunes 3 de agosto en la Sala 7 de la Ciudad Judicial de Atlacholoaya, el juez especializado en actos de investigación Tomás Mateo Morales ordenó reabrir la carpeta.

La audiencia derivó de la impugnación presentada por Iliana Rojas, reconocida como persona víctima dentro de la investigación, contra el acuerdo de no ejercicio de la acción penal emitido por la Fiscalía el 6 de mayo de 2026.

De acuerdo con Samantha Iris Pérez Ortiz, asesora jurídica particular de Rojas, el juez determinó que el acuerdo ministerial no cumplía con el requisito de autorización establecido en el artículo 255 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Esta disposición señala que el Ministerio Público únicamente puede decretar el no ejercicio, antes de la audiencia inicial, con autorización del fiscal general o de la persona servidora pública en quien haya delegado esa facultad.

La asesora también sostuvo que la Fiscalía utilizó argumentos genéricos y dejó pendientes diligencias solicitadas para esclarecer los hechos, entre ellas requerimientos de información financiera y solicitudes dirigidas a autoridades de Morelos y Guerrero.

El caso tiene su origen en un conflicto laboral. Según la representación de Iliana Rojas, después de obtener un laudo favorable y buscar el pago del crédito laboral, se habrían realizado actos para colocar bienes fuera de su alcance.

A partir de esos señalamientos se inició una investigación en la que se mencionan posibles conductas de insolvencia de acreedores, fraude procesal, encubrimiento por favorecimiento y tráfico de influencia. Estas hipótesis no han sido acreditadas ante un tribunal.

Durante la audiencia, el Ministerio Público sostuvo que no existían hechos demostrados para continuar la investigación. La defensa afirmó que no se configuraba ningún delito y que al menos uno de ellos habría prescrito.

La resolución judicial no declara responsable a Juan Carlos Salgado Ponce ni significa que será necesariamente llevado a proceso. Obliga a la Fiscalía a continuar investigando y, posteriormente, emitir una nueva determinación debidamente fundada.

El caso deja una pregunta institucional: ¿cómo pudo notificarse el cierre de una investigación sin acreditar la autorización legal correspondiente y sin demostrar que se habían agotado las diligencias?