El Juzgado Cuarto de Distrito admitió a trámite el Juicio de Amparo 1490/2025, promovido por el exgobernador Graco Luis Ramírez Garrido Abreu, en contra de actos del Pleno del Congreso del Estado de Morelos y un amplio número de autoridades, incluidos los 36 ayuntamientos del estado, la Gobernadora Constitucional, el Secretario de Gobierno, la Junta Política y de Gobierno y el propio Tribunal Superior de Justicia.

La jueza federal Maried Reyes Hipólito ordenó la apertura del expediente electrónico, la digitalización completa de constancias y la notificación a todas las autoridades señaladas para que rindan informes justificados en plazos estrictos.

Un amparo que alcanza a todo el aparato gubernamental de Morelos

Las listas de autoridades responsables incluidas en el expediente abarcan:

  • Los ayuntamientos de Amacuzac, Atlatlahucan, Axochiapan, Ayala, Coatetelco, Coatlán del Río, Cuautla, Cuernavaca, Emiliano Zapata, Hueyapan, Huitzilac, Tlaltizapán, Tlayacapan, Totolapan, Xochitepec, Xoxocotla, Yautepec, Yecapixtla, Zacatepec, Zacualpan, entre otros.
  • El Pleno del Congreso del Estado.
  • La Gobernadora Constitucional del Estado.
  • El Secretario de Gobierno, también en su calidad de director del Periódico Oficial Tierra y Libertad.
  • La Junta Política y de Gobierno.
  • La Comisión de Gobernación, Gran Jurado y Ética Legislativa.
  • El Pleno del Tribunal Superior de Justicia.

La amplitud de autoridades señaladas sugiere que el amparo busca frenar o cuestionar diversos actos legislativos y políticos vinculados a procesos de responsabilidad administrativa, juicio político y publicación de información oficial.

Actos reclamados: procesos legislativos y dictámenes de juicio político

De acuerdo con la resolución inicial, la demanda impugna principalmente:

  • El proceso legislativo del artículo 143 de la Constitución de Morelos.
  • El procedimiento derivado del artículo 9 de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
  • Los dictámenes de la Junta Política y de Gobierno, especialmente aquellos relacionados con procedimientos administrativos y de juicio político.

El juzgado precisó que la suspensión provisional es improcedente respecto a actos de naturaleza legislativa, citando jurisprudencia federal sobre la no suspensión de leyes o procesos legislativos.

Órdenes estrictas a todas las autoridades: informes, digitalización y cumplimiento

La jueza instruyó que:

  • Cada autoridad responsable deberá rendir su informe justificado en 15 días, con constancias certificadas y legibles.
  • En el incidente de suspensión, deberán entregar un informe previo en un plazo de 48 horas.
  • Todas las constancias deberán digitalizarse y cargarse al Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE), conforme a los acuerdos generales del Consejo de la Judicatura Federal.
  • Las comunicaciones y anexos deberán enviarse preferentemente por firma electrónica (FIREL) para garantizar control y trazabilidad.

El juzgado advirtió que el incumplimiento puede generar multas de entre 300 y 295 UMA, además de responsabilidades administrativas.

Se informó a las partes su derecho a oponerse a que sus datos personales sean publicados en versiones públicas del expediente, conforme a la normativa federal de transparencia y protección de datos. Cualquier documento que contenga información confidencial deberá ser identificado como tal.

El amparo promovido por el exgobernador Graco Ramírez involucra a prácticamente todo el aparato gubernamental de Morelos y abre una revisión judicial exhaustiva sobre procesos legislativos y dictámenes de juicio político. El caso continuará su curso con base en los plazos fijados por el Juzgado Cuarto de Distrito y bajo un estricto esquema de digitalización y transparencia procesal.