La reciente designación de Edgar Maldonado Ceballos como Secretario de Gobierno del Estado de Morelos, anunciada por la gobernadora Margarita González Saravia, ha generado cuestionamientos sobre la legalidad del procedimiento, ya que el ex Fiscal General habría asumido el nuevo cargo sin que el Congreso del Estado formalizara su separación, como lo exige el artículo 40 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos.

De acuerdo con el comunicado oficial difundido por el Ejecutivo estatal, la gobernadora designó a Maldonado Ceballos para fortalecer la gobernabilidad, el diálogo político y la seguridad en coordinación con los 36 municipios. Sin embargo, el nombramiento podría contravenir lo dispuesto en la Constitución local, específicamente los artículos 40, fracción XXXVII, y 79-B, que establecen el procedimiento legal para la remoción o sustitución del Fiscal General del Estado.

El artículo 79-B señala que el Fiscal General debe durar nueve años en su encargo y que su remoción sólo puede efectuarse a través de un acuerdo del Congreso, con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes, previa solicitud del Gobernador y por causas graves previstas en la ley. En caso de renuncia, esta debe ser presentada y aprobada por el Poder Legislativo, lo cual garantiza la independencia del Ministerio Público frente al Poder Ejecutivo.

Hasta el momento, no existe registro público de que el Congreso haya sesionado para aceptar la renuncia o autorizar la remoción de Maldonado Ceballos. En consecuencia, su designación como Secretario de Gobierno podría haberse realizado sin cumplir con el proceso constitucional previsto para dejar vacante la titularidad de la Fiscalía General.

Implicaciones jurídicas y políticas:
Expertos en derecho constitucional advierten que este movimiento podría transgredir el principio de legalidad y la división de poderes, al suplantar una atribución que corresponde exclusivamente al Congreso. De confirmarse la omisión, el nombramiento sería jurídicamente cuestionable y susceptible de impugnación ante instancias judiciales.

Además, la Fiscalía General del Estado se encontraría en una situación de indefinición institucional, pues sin un procedimiento de remoción o renuncia formal, el cargo de Fiscal General seguiría ocupado de derecho. Esto afectaría la legitimidad de cualquier designación posterior o encargo provisional que se realice dentro de la institución.

Contexto político:
Edgar Maldonado Ceballos fue designado por unanimidad del Congreso del Estado como Fiscal General el 6 de febrero de 2025, cargo al que llegó tras haberse desempeñado como Consejero Jurídico del Poder Ejecutivo. Apenas ocho meses después, el Ejecutivo estatal lo incorpora a su gabinete, en una decisión que refuerza la cercanía política entre el nuevo Secretario y la gobernadora González Saravia, pero que abre un debate constitucional sobre la forma en que se ejercen las facultades en el actual gobierno.

Aunque el nombramiento busca proyectar una imagen de estabilidad y coordinación entre instituciones, el procedimiento seguido podría contravenir la Constitución local y generar un precedente preocupante para la autonomía de la Fiscalía General del Estado de Morelos.
Hasta que el Congreso clarifique si recibió y aprobó la renuncia de Maldonado Ceballos, persiste la duda sobre la legalidad de su incorporación al gabinete estatal y la vigencia efectiva de su nombramiento como Fiscal General.