El jueves, un tribunal de enjuiciamiento dictó la absolución de José Ignacio V. C., acusado de secuestro exprés en perjuicio de Jorge Toledo Bustamante, presidente municipal de Mazatepec.
La resolución se tomó por unanimidad, tras determinar que la Fiscalía General del Estado no presentó pruebas suficientes para sustentar su participación en los hechos.
Una cronología del caso
El caso se remonta a octubre de 2015, cuando Jorge Toledo fue abordado en su domicilio por dos personas: Manuel P. J., quien ya fue sentenciado por este delito, y José Ignacio V. C., quien ayer fue absuelto.
Según el relato de la víctima, ambos hombres, identificándose como miembros del grupo criminal Los Rojos, lo intimidaron para que los acompañara a un terreno propiedad de Manuel, ubicado en la avenida Emiliano Zapata, en Mazatepec.
En dicho lugar, Jorge Toledo fue confrontado por hombres armados y obligado a hablar con Santiago Mazarí, alias “El Carrete”, presunto líder de la organización criminal, quien, vía telefónica, le exigió “cooperar” mediante dinero y plazas en el ayuntamiento.
El presidente municipal fue liberado tras esta reunión, pero las amenazas continuaron.
Dos meses después, en diciembre de 2015, la víctima volvió a ser intimidada por las mismas personas, quienes lo condujeron al paraje conocido como “La Presa”, donde hombres armados lo coaccionaron para que entregara 5 millones de pesos.
Según la versión presentada por la fiscalía, en este encuentro se grabó un video que posteriormente se difundió en redes sociales, evidenciando la presión ejercida sobre Toledo Bustamante.
A inicios de 2016, ya en funciones como alcalde, Toledo Bustamante fue nuevamente presionado para registrar en la nómina del ayuntamiento a personas vinculadas con Los Rojos, incluido Manuel P. J.
Durante el mismo año, se le exigió un pago mensual de 50 mil pesos como “derecho de piso”, aunque terminó entregando 25 mil pesos de manera mensual. Estos pagos se habrían extendido hasta enero de 2017.
En febrero de 2017, tras la detención de Manuel P. J., José Ignacio V. C., según la declaración de la víctima, continuó exigiendo dinero bajo amenazas, argumentando que ahora él se encargaría de los cobros para la organización criminal.
La resolución del tribunal
En el juicio oral, el tribunal consideró que las pruebas presentadas por la fiscalía no acreditaron la participación directa de José Ignacio V. C. en los delitos imputados.
Si bien se confirmó la existencia del inmueble donde ocurrió el primer encuentro intimidatorio y se probó que Manuel P. J. cobraba pagos como trabajador del ayuntamiento, no se logró demostrar que José Ignacio hubiera participado activamente en las extorsiones posteriores ni que hubiera acudido al ayuntamiento en compañía de la persona sentenciada, como lo señaló la acusación.
“La congruencia y suficiencia probatoria son principios fundamentales del debido proceso. No se encontraron elementos que vincularan de manera inequívoca al acusado con los hechos delictivos”, señaló el tribunal en su resolución.
Implicaciones del fallo
Con esta absolución, el caso sigue siendo un recordatorio de los desafíos que enfrenta el sistema de justicia en casos relacionados con crimen organizado y delitos de alto impacto, como el secuestro y la extorsión.
Aunque Manuel P. J. ya fue sentenciado, la liberación de José Ignacio V. C. marca un revés para la fiscalía, que deberá analizar el fallo para determinar posibles acciones legales adicionales.
Es importante resalta la importancia de una adecuada integración de carpetas de investigación para asegurar que las víctimas obtengan justicia y que los responsables sean castigados conforme a la ley.