Un Juez Especializado de Control dictó un auto de no vinculación a proceso penal a favor de Ulises Bravo Molina, en una audiencia marcada por la opacidad, ya que el mismo juzgador decretó que fuera completamente privada.

Alrededor de las 01:50 horas de hoy, el juez de la causa, Luis Guillermo Ortega Castillo, resolvió el conflicto basándose en los datos de prueba ofrecidos por la defensa de la persona imputada, representada por Naybi Ríos Sandoval.

Se presentaron al menos cinco testigos que declararon en el caso, además se ofrecieron cinco videos y un audio incorporados por un perito en informática del bufete Solución Forense en Asuntos Jurídicos (SFAJ).

Naybi Ríos adelantó que la teoría del caso de la defensa se basaría en demostrar que Ulises Bravo era víctima de una campaña de denostación, amenazas y chantajes por parte de su expareja sentimental.

Por ello, la abogada ofreció como primer dato de prueba la declaración de Bravo Molina. Sin embargo, el juez, de manera unilateral, decidió decretar la audiencia privada con el argumento de “no alterar la psique de los presentes en la audiencia”.

Según el juzgador, en la diligencia se iban a escuchar palabras soeces, groserías y majaderías que pudieran afectar la integridad psicológica del público, por lo que ordenó desalojar la sala.

No obstante, una vez que Ulises Bravo concluyó su declaración, el juez decretó continuar la audiencia de manera completamente privada, sin permitir que se conocieran sus argumentos para sustentar su fallo.

Así, en la madrugada de hoy, concluyó la audiencia en la que el juez resolvió un auto de no vinculación a proceso a favor de Ulises Bravo Molina, en donde no se permitió conocer detalles del caso.