El 17 de febrero de 2023, Vanesa Gloria Carmona Viveros tomó protesta al cargo de Jueza de Primera Instancia, junto a otras diez personas “operadores de justicia”, del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) del Estado de Morelos.

Los once nuevos jueces participaron en la convocatoria que lanzó el Poder Judicial, el 10 enero del presente, para designar 18 plazas de jueces de primera instancia en materia civil, mercantil, familiar y penal.

Pero al final, se redujo el número de plazas a once para generar “competencia entre ellos y ellas y se elija a las y los mejores concursantes”, justificó el TSJ.

La designación de Vanesa Carmona, y la de sus compañeros, se pudo tratar de casos, donde servidores públicos por méritos propios y sus capacidades profesionales lograron un cargo, en un área importante del sector público.

Pero no fue así, las críticas no se hicieron esperar:

“Vanessa Carmona Viveros, esposa del Presidente del Tribunal superior de Justicia”; “Nombra Gamboa Olea a su esposa juez en Morelos”, fueron algunos de los encabezados en plataformas de medios digitales.

También trascendió la versión que, en el proceso no sólo se benefició a la esposa, sino a una amiga cercana de Vanessa Carmona y las parejas sentimentales de una jueza y un Magistrado, (ambos en retiro) de la Junta de Administración.

El Presidente del TSJ, Luis Jorge Gamboa tuvo conflicto de interés y debió excusarse en todo el proceso donde participó su esposa.

A fin de transparentar el proceso de la designación de los once jueces, a finales de marzo, la organización no gubernamental “Morelos Rinde Cuentas” presentó una solicitud de información.

“Morelos Rinde Cuentas” preguntó: cómo fue el proceso para elaborarlo; quién o quiénes lo prepararon y quién o quiénes lo evaluaron además requirió los resultados de evaluación de cada participante e información del examen aplicado.

Pero, fue el propio Jorge Gamboa, quien ordenó ocultar la información relativa al proceso de designación de los nuevos juzgadores.

“Se trata de información reservada”

La Unidad de Transparencia del TSJ requirió la información al Magistrado Presidente de la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial, Luis Jorge Gamboa Olea.

En respuesta, Jorge Gamboa declaró la inexistencia de la información y consideró como: reservada la información de las actas del resultado de las evaluaciones de los 138 aspirantes inscritos en el concurso de oposición.

El 9 de mayo, la Unidad de Transparencia notificó al solicitante que la información requerida:

“… fue catalogada como reservada, en términos de lo previsto por los artículos 84 fracción VIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos y Trigésimo Segundo de los lineamientos generales en materia de clasificación y desclasificación de la información”.

También justificó que la resolución está sustentada en el ordinal 9 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del estado de Morelos, que dice:

“El Consejo sesionará cuando menos dos días a la semana en forma ordinaria, y en forma extraordinaria, cuantas veces sea convocado por su Presidente, a iniciativa propia o a solicitud de cualquiera de sus integrantes, las sesiones serán privadas y por excepción serán públicas cuando lo determine el Consejo”.

En concreto la justificación es: se trata de información reservada porque los acuerdos que emite la Junta son parte de las sesiones ordinarias y extraordinarias y “tienen el carácter de privadas”.

Pero el argumento de que “las sesiones serán privadas”, no significa que la información, generada en ellas, sea reservada porque finalmente debe de ser público.

La excepción a la regla

En opinión de especialistas en Derecho a la Información, la interpretación y aplicación que hizo el Poder Judicial de Morelos es contraria a lo que dicen tratados internacionales y la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La misma Ley de Transparencia de Morelos, en su artículo 7 dice:

“En la aplicación e interpretación de la presente Ley deberán prevalecer los principios de máxima publicidad y disponibilidad de la información, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte…”.

Otro ejemplo es la Acción de inconstitucionalidad 26/2006 que habla sobre la imposibilidad de acceder a dicha información “no puede considerarse como una regla absoluta, porque existen supuestos en los cuales su difusión produce mayores beneficios para la sociedad”.

Por ende, los daños que pudieran provocarse con su divulgación deben hacerse una excepción a la regla general, privilegiando la transparencia y difusión de la información respectiva.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos también sea pronunciado en la designación de personal idóneo en los órganos jurisdiccionales:

“La Comisión considera positivo que los procedimientos sean abiertos al escrutinio de los sectores sociales, lo cual reduce significativamente el grado de discrecionalidad de las autoridades encargadas de la selección y nombramiento la consecuente posibilidad de injerencia de otros poderes, facilitando la identificación del mérito y capacidades profesionales de las y los candidatos”.

“Su defecto es que es esposa de Gamboa”

Para el Magistrado en retiro, Carlos Iván Arenas Ángeles, el único problema en la designación de Vanesa Gloria Carmona, como jueza de Primera Instancia, es que: “es esposa de Gamboa”.

Arenas Ángeles intervino en el proceso de selección de los jueces por un conflicto de interés entre Carmona Viveros y Gamboa Olea, por su relación familiar, y fue notificado por la Junta para evaluar a la esposa del Presidente del TSJ.

Al ser consultado por este reportero, el Magistrado en retiro explicó:

“La Ley Orgánica del Poder Judicial y su Reglamento establece la excusa del Magistrado Presidente. En los procesos de selección de jueces, entra el Magistrado, director de la escuela judicial, para evaluar”.

Carlos Iván Arenas confirmó que participó para evaluar únicamente a la esposa de Jorge Gamboa.

“¿Gamboa le pidió el favor de aprobar a su esposa?”, le cuestionó este reportero.

“No. (ella) Elaboró una sentencia y me tocó revisar que dicha sentencia cumpliera los requisitos. Siendo objetivos tiene capacidad. Su defecto, es que es esposa de Gamboa”.

«Su defecto, es que es esposa de Gamboa”: Carlos Iván Arenas Ángeles